Sobre Nosotros
Somos C&P Abogados, un estudio jurídico dedicado a brindar un servicio legal integral, cercano y confiable. Creemos que cada caso requiere no solo conocimientos técnicos, sino también compromiso humano y acompañamiento constante.
Nuestra experiencia abarca distintas ramas del derecho, lo que nos permite ofrecer soluciones claras y efectivas en diferentes situaciones. En nuestro estudio trabajamos con compromiso y experiencia para proteger lo que te corresponde. Ponemos el foco en el Derecho Civil y Penal, brindando soluciones a conflictos como accidentes de tránsito o reclamos por daños. A su vez, intervenimos en áreas como el Derecho de Familia y Derecho Laboral.
Servicios

- Reclamo por accidentes de tránsito. Daños en el vehículo, lesiones y daños materiales.
- Reclamo por destrucción total del vehículo.
- Reclamo ante compañías de seguros.
- Derecho Penal: Defensas y derecho penal de la Víctima, violencia familiar.
- Evaluamos tu caso para definir la mejor estrategia y así conseguir la mejor indemnización.
- Reunimos las pruebas necesarias para fortalecer tu caso.
- Negociamos con las aseguradoras para que recibas una indemnización justa.
- Te asesoramos en cada parte del proceso.
Proceso
Negociamos con la aseguradora en su nombre para obtener una indemnización justa respecto a los daños sufridos (lesiones, secuelas, daños material). Siempre con la presencia del damnificado.
Objetivos
Nuestra política es resolver con celeridad todo reclamo llegando a un acuerdo beneficioso para nuestros clientes.
Opciones
En caso de que haya que iniciar el reclamo judicial por el accidente de tránsito sufrido, nuestros abogados especialistas en accidentes de tránsito inician el reclamo ante la justicia para que le paguen la indemnización que corresponde.
- Excarcelaciones.
- Morigeracion de prisión preventiva.
- Audiencias tanto en Provincia de Buenos Aires como en CABA.
- Acompañamiento y asesoramiento del imputado.
- Contacto 24 hs.
- La excarcelación encuentra base constitucional en la parte final del artículo 18 de la Constitución Nacional que, según doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene por objeto principal garantizar la libertad bajo fianza a los reos de los delitos que no merezcan pena corporal.
- No dudes encontactarnos para ejercer de la manera más efectiva tu derecho de defensa. Contamos con decenas de testimonios de personas que han atravesado un proceso penal en las mejores condiciones.


C&P Abogados está a tu lado para proteger tus derechos y acompañarte en cada paso del proceso legal. Contactanos hoy mismo para una consulta confidencial y comencemos a trabajar por la mejor resolución posible.
Escribinos!
- Juicio por alimentos.
- Cuidado personal.
- Plan de parentalidad.
- Violencia familiar.
- Divorcios.
- Sucesiones.
- Un juicio por alimentos es un proceso legal en el que se reclama judicialmente el pago de la pensión alimentaria, fijando un monto y una forma de pago para cubrir las necesidades de un hijo o de quien lo necesite. Para iniciar este juicio, se debe presentar una demanda con datos personales del menor y del progenitor obligado a pagar.
El juez determinará una cuota provisoria y podrá ordenar un embargo o retención de haberes si el demandado trabaja en relación de dependencia, hasta que se resuelva el juicio.

- Si te despiden tienen que hacerlo por escrito y aclarar cuál es el motivo. Si tu empleador no aclara el motivo, el despido se considera sin causa y te corresponde una indemnización, según la Ley 20.744
- Para calcular la indemnización por despido sin causa, lo primero que ha de tenerse en cuenta es si, en efecto, se trata de un despido injustificado. La ley limita considerablemente esta facultad, por lo que, en la gran mayoría de las veces la causa invocada por el empleador no satisface el standard mínimo previsto por la ley laboral. De allí que, antes de aceptar una causal de despido y/o consentir una liquidación final, consulte con nuestros abogados especialistas en derecho laboral.
- La indemnización por despido sin causa, es también llamada indemnización por antigüedad, y está prevista en el art. 245 de la ley de contrato de trabajo. Equivale a UN MES de sueldo bruto por año de trabajo o fracción mayor a tres meses de trabajo.
Cuando sufrís una enfermedad profesional o accidente de trabajo que te deje secuelas tenes derecho a una indemnización por incapacidad laboral.
El reclamo no se hace contra tu empleador sino contra la aseguradora de riesgos del trabajo que éste contrató por lo cual no se pone en riesgo tu puesto de trabajo.
La indemnización que te corresponde está establecida en las leyes 24.557 y 26.773 y se calcula según tres elementos: a) Edad al momento del infortunio, b) El salario del año anterior al infortunio y c) el porcentaje de incapacidad laboral. Podes consultar sin cargo cuál sería tu indemnización.
La tabla de incapacidades laborales se encuentra establecida por el decreto 659/96.
Desde el año 2017 para hacer un reclamo por accidente de trabajo o enfermedad profesional primero hay que presentarse obligatoriamente con un abogado ante las Comisiones Médicas que funcionan en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Te aconsejamos que no aceptes los abogados gratuitos que ofrecen las Comisiones Médicas porque no están ahí para defender verdaderamente tus derechos y no les importa tu caso. En cambio, consulta a un abogado especialista de tu confianza para que te asista.
Cuando sufrís un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, lo primero que tenes que hacer es hacer la denuncia del siniestro a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), si no sabes cuál ART contrató tu empleador podes averiguarlo en el siguiente enlace con tu CUIL o con el CUIT de tu empleador: https://www.srt.gob.ar/arg/art_busqueda.php
Te recomendamos que en forma previa a realizar la denuncia te asesores con un abogado ya que es muy importante hacerla correctamente para que puedas cobrar tu indemnización de forma más rápida y sencilla.
Si estás trabajando en negro igual tenes derecho a una indemnización si es que sufrís un infortunio en tu trabajo.
Si el accidente de trabajo o enfermedad profesional provocan la muerte del trabajador sus familiares (derechohabientes) tienen derecho a cobrar una indemnización.
Equipo

Dr. GIAN F. PERINA
Abogado
Dra. M. TRINIDAD CAPUZZI
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